Auto Supremo AS/0477/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0477/2009

Fecha: 09-Dic-2009

Que analizados los recursos de casación, formulados por Severo Quintín Terrazas Ayca y por el


Que analizados los recursos de casación, formulados por Severo Quintín Terrazas Ayca y por el Ministerio Público se llega a las siguientes conclusiones:

1.- El Tribunal de Alzada, al confirmar la sentencia condenatoria de 27 de abril de 2002, no ha incurrido en la vulneración de los artículos 16 de la Constitución Política del Estado, 8 del Código Penal, 53 y 55 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas, en la calificación del hecho juzgado, pues por los datos procesales adjuntos al caso de autos, se establece que el 14 de febrero de 2001, aproximadamente a horas 02:30 a.m., en inmediaciones de la localidad de Puerto Chaguaya y Carabuco provincia Camacho del Departamento de La Paz, los efectivos de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico "F.E.L.C.N.", interceptaron la vagoneta con placa de control Nº 464-DX, proveniente de la localidad de Escoma, dentro de la misma se encontraban los ahora procesados Santiago Zamora Quispe (peruano), Efraín Apaza Mamani (peruano), Severo Quintín Terrazas Ayca y Macedonio Aslla Aguilar, en el registro de dicho vehículo, se encontró en la parte posterior dos bolsas, la primera con 20 paquetes con un pesaje de 32.000 gramos de droga y la segunda con 26 paquetes con un pesaje de 24.868 gramos de droga; asimismo en poder de los nombrados se encontró la suma de $us 1.531 dólares americanos y dos teléfonos celulares, con sus respectivos cargadores, incautándose la droga, el citado monto de dinero y los celulares y fueron detenidas las citadas personas