Que así el recurso interpuesto resulta deficiente en su planteamiento por no cumplir los requisitos
Que así el recurso interpuesto resulta deficiente en su planteamiento por no cumplir los requisitos previstos en el artículo 301 del Código de Procedimiento Penal de 1972, por cuanto no especifica los motivos ni cita la ley o leyes procesales cuya inobservancia se impugna
- Partes: Ministerio Público c/ Ofelia Marzana Quispe y otras
- CONSIDERANDO: que según sus antecedentes doctrinales y como lo señala la uniforme jurisprudencia del Tribunal
- Que de la revisión del recurso de nulidad interpuesto por el procesado Carlos Gonzáles Cruz
- Que así el recurso interpuesto resulta deficiente en su planteamiento por no cumplir los requisitos
- CONSIDERANDO: que por su parte, el procesado Segundino Céspedes Taicachi por memorial de 6 de
- Que la adhesión al recurso de nulidad o casación, debe ser formulada "oportunamente" (artículo 280
- Que el presupuesto para que el efecto extensivo previsto en el artículo 279 del Código
- Que en el caso de autos, la adhesión formulada por el procesado Segundino Céspedes Taicachi,
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Firmado
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
