CONSIDERANDO: que los recursos de referencia tuvieron origen en los siguientes antecedentes
CONSIDERANDO: que los recursos de referencia tuvieron origen en los siguientes antecedentes:
1.- La causa, que culminó con el Auto de Vista impugnado, se tramitó ante el Juzgado Segundo de Sentencia de la ciudad de Oruro en mérito al hecho de haberse anulado otro proceso anterior sustanciado contra las mismas personas y en relación a los mismos delitos en el Juzgado Primero de Sentencia de dicha ciudad, que ordenó la reposición del juicio por otro Tribunal en aplicación de la previsión contenida en el artículo 413 del Código de Procedimiento Penal
- VISTOS: los recursos de casación interpuestos el 19 de marzo de 2007 por Luis Francisco
- CONSIDERANDO: que los recursos de referencia tuvieron origen en los siguientes antecedentes
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- Que siendo esos los antecedentes de los recursos que son caso de autos, tales recursos,
- Que los argumentos expuestos en dichos recursos como fundamento de los respectivos petitorios, corresponden al
- Que analizadas esas observaciones en cotejo con los datos del proceso y lo expuesto en
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
