Auto Supremo AS/0057/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0057/2009

Fecha: 19-Feb-2009

Deducida la apelación por ambas partes (fs


Deducida la apelación por ambas partes (fs. 86-87 y 91-93), la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, mediante Auto de Vista Nº 268/2007 de 7 de septiembre (fs. 103-104 vta.), confirmó la sentencia, con la modificación que debe deducirse de la liquidación cursante en la parte resolutiva de la sentencia, el periodo de tiempo correspondiente a un quinquenio por concepto de indemnización, insertando a continuación una liquidación por el monto de Bs. 11.738,80, como suma total abonable