Que en la tramitación del proceso no se han observado los plazos procesales, prolongándose demasiado
Que en la tramitación del proceso no se han observado los plazos procesales, prolongándose demasiado tiempo, más allá del principio de razonabilidad, que la larga duración del proceso y las dilaciones innecesarias no son atribuibles al procesado, máxime si existe solicitud de extinción por parte de uno de los querellantes
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- Fdo. Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Dr. Ángel Irusta Pérez
- Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro Tomas de Razón 1/2009
