Auto Supremo AS/0077/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0077/2009

Fecha: 27-Feb-2009

En consecuencia, si los tribunales antes mencionados son competentes para conocer las impugnaciones que regula


En consecuencia, si los tribunales antes mencionados son competentes para conocer las impugnaciones que regula el Código Niño, Niña y Adolescente, éstos deben sujetarse a las formas de resolución contenidas en la normativa procesal civil, conforme determinan los arts. 237 y 271 del Código de Procedimiento Civil, respectivamente