Auto Supremo AS/0076/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0076/2009

Fecha: 05-Mar-2009

En definitiva, en base a estos antecedentes y en atención del espíritu protectivo que brinda


En definitiva, en base a estos antecedentes y en atención del espíritu protectivo que brinda el Estado boliviano a su capital humano, es lógico concluir, en el marco del art. 471 del RCSS, que no faltaba ninguna documentación para proceder a la calificación de la renta de Carlos Walter Balderrama Torrico, toda vez que la certificación que presentó en mayo de 2003, confirmó simplemente los aportes del asegurado en las gestiones 1965-1969, por lo que corresponde disponer que la renta básica de vejez sea cancelada retroactivamente desde la fecha de presentación de la solicitud, teniendo en cuenta para ello en todo lo que corresponda, los incrementos dispuestos en los Decretos Supremos Nos. 26600 de 20 de abril de 2002, 26980 de 31 de marzo de 2003, 27539 de 26 de mayo de 2004 y 27539 de 26 de mayo de 2004 que determina la compensación monetaria e importe adicional (CAPA)