En ese orden, la finalidad del recurso de casación en el fondo es la de
En ese orden, la finalidad del recurso de casación en el fondo es la de unificar la interpretación de las normas jurídicas creando la jurisprudencia correspondiente. En tanto que la finalidad del recurso de casación en la forma, es la de anular la resolución recurrida o un proceso cuando al ser dictado en su sustanciación, se violan formas esenciales sancionadas con nulidad por la ley
- PARTES: Irma Felicidad Zapata Guzmán y otros. c/ Honorable Alcaldía Municipal de Cochabamba
- MINISTRO RELATOR: Hugo R. Suárez Calbimonte
- CONSIDERANDO I: Que tramitada la demanda señalada, el 26 de junio de 2005 la Jueza
- Deducida la apelación por el gobierno municipal demandado (fs
- CONSIDERANDO II: Que la jurisprudencia sentada por este tribunal estableció que el recurso de casación
- En ese orden, la finalidad del recurso de casación en el fondo es la de
- En ambos casos, es de inexcusable cumplimiento los requisitos establecidos en la norma del artículo
- Asimismo, corresponde señalar que cuando se plantea el recurso de casación en el fondo se
- En virtud a estas características, la forma de resolución también adopta una forma específica y
- CONSIDERANDO III: Que en la especie, el recurrente no cumplió con las obligaciones procesales anteriormente
- Por otro lado, acusó que los de instancia no consideraron las pruebas que presentó en
- Del mismo modo, de la lectura del recurso extraordinario que se analiza, se evidencia que
- A lo expuesto se debe agregar que el recurrente formuló una petición anfibológica, porque en
- Finalmente, es preciso señalar que si bien es cierto que en materia laboral corresponde la
- En consecuencia, siendo evidente la inobservancia de la adecuada técnica en la interposición del presente
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Min. Julio Ortiz Linares
- Proveído: Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
