En este contexto, la revisión extraordinaria de sentencia, por su naturaleza jurídica, tiene un trámite
En este contexto, la revisión extraordinaria de sentencia, por su naturaleza jurídica, tiene un trámite regulado en el Libro Tercero, Título VI, artículos 421 al 427 del Código de Procedimiento Penal, que constituye la base jurídica en la que debe enmarcarse el indicado recurso, para cuya admisión, deben cumplirse imprescindiblemente los requisitos formales, según la causal invocada
- VISTOS: el recurso de revisión extraordinaria de sentencia interpuesto por Luís Asistiri Ramírez (fojas 261
- CONSIDERANDO: que el impetrante invocando los artículos 421 numeral 4) incisos a), b) y c),
- Que en la investigación del hecho el fiscal no observó el principio de legalidad y
- Que en el juicio oral no fue introducida la prueba consistente en un contrato privado
- Finalizó pidiendo, se admita el recurso y se ordene la realización de un nuevo juicio
- CONSIDERANDO: es necesario señalar que doctrinalmente, la revisión de sentencia ejecutoriada en materia penal, encuentra
- En este contexto, la revisión extraordinaria de sentencia, por su naturaleza jurídica, tiene un trámite
- Que de los antecedentes que acompañan el recurso, se infiere que el recurrente funda su
- Consecuentemente no existen circunstancias que modifiquen los tipos penales por los cuales fue juzgado y
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de
- Regístrese, notifíquese y hágase saber
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
