Auto Supremo AS/0180/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0180/2009

Fecha: 09-Mar-2009

Que en lo relativo al Auto de Vista numero 033/2003 de 14 de febrero de


Que en lo relativo al Auto de Vista numero 033/2003 de 14 de febrero de 2003, pronunciado por la Sala Penal Segunda de la corte Superior del Distrito de La Paz, sobre los delitos de prevaricato, resoluciones contrarias a la Constitución y las Leyes, privación de libertad, lesiones graves y leves y negativa o retardo de justicia, tampoco comprende un precedente contradictorio, en razón a que la aludida resolución, estableció que el apelante no hubiera indicado cómo se vulneraron los preceptos legales invocados y que el Tribunal de Alzada no puede realizar una nueva valoración de la prueba judicializada en el proceso, atribución exclusiva del Juez o Tribunal de Sentencia, en virtud de los principios de inmediación y contradicción, aspecto que no ocurre en el caso presente