Auto Supremo AS/0294/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0294/2009

Fecha: 12-Mar-2009

Por su parte el artículo 417 del mismo ordenamiento jurídico penal dice "el incumplimiento de


Por su parte el artículo 417 del mismo ordenamiento jurídico penal dice "el incumplimiento de estos requisitos determinará su inadmisibilidad"; olvidando el recurrente que el citado Código ha restringido la interposición del recurso de casación a los casos en los que se debe uniformar jurisprudencia al existir precedentes contradictorios; consiguientemente dicha petición de 12 de febrero de 2008, deviene en improcedente