Por su parte el artículo 417 del mismo ordenamiento jurídico penal dice "el incumplimiento de
Por su parte el artículo 417 del mismo ordenamiento jurídico penal dice "el incumplimiento de estos requisitos determinará su inadmisibilidad"; olvidando el recurrente que el citado Código ha restringido la interposición del recurso de casación a los casos en los que se debe uniformar jurisprudencia al existir precedentes contradictorios; consiguientemente dicha petición de 12 de febrero de 2008, deviene en improcedente
- VISTOS: el recurso de casación (fojas 106 a 108 vuelta) interpuesto el 12 de febrero
- CONSIDERANDO: que el recurso de casación formulado por el imputado, tuvo su origen en el
- Recurso en el que Charles James Quiroga Rosso (fojas 106 a 108 vuelta) con similares
- CONSIDERANDO: que del examen de los actuados y del contenido del memorial de fojas 106
- Por su parte el artículo 417 del mismo ordenamiento jurídico penal dice "el incumplimiento de
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
