POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en aplicación de los artículos 59 numeral 1) de la Ley de Organización Judicial, 50 inciso 1ero) y 418 del Código de Procedimiento Penal, declara Inadmisible el recurso de casación de fojas 106 a 108 vuelta, deducido por Charles James Quiroga Rosso, contra el Auto de Vista 4/2008 de 31 de enero de 2008 que confirmó la sentencia de primera instancia
- VISTOS: el recurso de casación (fojas 106 a 108 vuelta) interpuesto el 12 de febrero
- CONSIDERANDO: que el recurso de casación formulado por el imputado, tuvo su origen en el
- Recurso en el que Charles James Quiroga Rosso (fojas 106 a 108 vuelta) con similares
- CONSIDERANDO: que del examen de los actuados y del contenido del memorial de fojas 106
- Por su parte el artículo 417 del mismo ordenamiento jurídico penal dice "el incumplimiento de
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
