Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0112/2009
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0112/2009

    Fecha: 06-Abr-2009

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • PARTES: Miriam Vaca Jiménez c/ Albina Coca García de Aliaga
    • MINISTRO PRIMER RELATOR: Julio Ortiz Linares
    • MINISTRO SEGUNDO RELATOR: Hugo R. Suárez Calbimonte
    • CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso social de referencia, el Juez Tercero del Trabajo y
    • Deducida la apelación por la demandada perdidosa (fs
    • Esta determinación, motivó la interposición del recurso de casación formulado por la demandada (fs
    • Concluyó solicitando se case o anule el auto de vista recurrido con imposición de multas
    • CONSIDERANDO II: Que así expuesto el recurso de casación, previa revisión de los antecedentes procesales,
    • Si se retira, tiene derecho a recibir la indemnización correspondiente a sus años de servicio
    • Por su parte, el patrono, tiene la obligación de anunciar la rebaja de sueldo con
    • Esta norma fue complementada con la jurisprudencia emitida por este tribunal, en sentido que se
    • 2
    • Sólo se demostró el cambio de horarios del turno de la mañana al turno de
    • Por lo referido, se establece que a la actora, no le corresponde el pago del
    • 3
    • 4
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
    • Sin responsabilidad por ser excusable
    • Para resolución, conforme las convocatorias de fs
    • El Ministro Julio Ortiz Linares, primer relator, votó porque se declare improcedente el recurso de
    • Primer Relator: Ministro Julio Ortiz Linares
    • Segundo Relator: Ministro Hugo R. Suárez Calbimonte
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Firmado: Min. Julio Ortiz Linares
    • Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
    • Min. Beatriz A. Sandoval Bascopé
    • Min. Ángel Irusta Pérez
    • Proveído: Ma. del Rosario Vilar G
    • Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca