Sólo se demostró el cambio de horarios del turno de la mañana al turno de
Sólo se demostró el cambio de horarios del turno de la mañana al turno de la tarde, lo que propició el retiro voluntario de la trabajadora ocasionando la ruptura laboral, incurriendo en lo previsto en el art. 16-f) de la LGT, que ciertamente fue derogado por la Ley de 23 de noviembre de 1944, pero restituido por el art. 7º del D.S. Nº 1592 de 19 de abril de 1949, reglamentario de la Ley de 21 de diciembre de 1948, cuando la inasistencia o el abandono injustificado del trabajo, excedan los seis días hábiles seguidos
- PARTES: Miriam Vaca Jiménez c/ Albina Coca García de Aliaga
- MINISTRO PRIMER RELATOR: Julio Ortiz Linares
- MINISTRO SEGUNDO RELATOR: Hugo R. Suárez Calbimonte
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso social de referencia, el Juez Tercero del Trabajo y
- Deducida la apelación por la demandada perdidosa (fs
- Esta determinación, motivó la interposición del recurso de casación formulado por la demandada (fs
- Concluyó solicitando se case o anule el auto de vista recurrido con imposición de multas
- CONSIDERANDO II: Que así expuesto el recurso de casación, previa revisión de los antecedentes procesales,
- Si se retira, tiene derecho a recibir la indemnización correspondiente a sus años de servicio
- Por su parte, el patrono, tiene la obligación de anunciar la rebaja de sueldo con
- Esta norma fue complementada con la jurisprudencia emitida por este tribunal, en sentido que se
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- Sólo se demostró el cambio de horarios del turno de la mañana al turno de
- Por lo referido, se establece que a la actora, no le corresponde el pago del
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- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Sin responsabilidad por ser excusable
- Para resolución, conforme las convocatorias de fs
- El Ministro Julio Ortiz Linares, primer relator, votó porque se declare improcedente el recurso de
- Primer Relator: Ministro Julio Ortiz Linares
- Segundo Relator: Ministro Hugo R. Suárez Calbimonte
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Min. Julio Ortiz Linares
- Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Min. Beatriz A. Sandoval Bascopé
- Min. Ángel Irusta Pérez
- Proveído: Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
