Auto Supremo AS/0372/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0372/2009

Fecha: 22-Abr-2009

POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,


POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en ejercicio de sus atribuciones, con la concurrencia del Ministro Ángel Irusta Pérez de la Sala Penal Primera, aplicando la previsión contenida en el numeral 2) del artículo 307 del Código de Procedimiento Penal de 1972 con sujeción al cual se tramitó la causa, declara INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por Martín Carayuri Tiguayo impugnando el Auto de Vista emitido el 26 de mayo de 2003 por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, en el proceso seguido por comunarios guaraníes contra Froilán García Oliva con imputación por comisión de los delitos de falsedad material, falsedad ideológica, uso de instrumento falsificado, abuso de confianza y estelionato