Que de la revisión efectuada se pudo apreciar que la resolución emitida por el Tribunal
Que de la revisión efectuada se pudo apreciar que la resolución emitida por el Tribunal de Alzada fue correcta, pues por los datos del proceso se infiere que no se demostró fehacientemente, más allá de duda razonable, que el imputado fue autor de los delitos que le fueron atribuidos
- Partes: Ministerio Público c/ Juan Callisaya Coaquira, Javier Nina Zambrana y otros
- Delito: Falsedad material, falsedad ideológica, uso de instrumento falsificado, abuso de confianza y estelionato
- VISTOS: el recurso de casación interpuesto el 12 de junio de 2003 (fojas 4852 a
- CONSIDERANDO: que el mencionado recurso tuvo origen en los siguientes antecedentes: 1
- Que dicho recurso fue presentado con los siguientes argumentos: 1
- Que de la revisión efectuada se pudo apreciar que la resolución emitida por el Tribunal
- Que al respecto cabe señalar que, revisado el acto de confesión del imputado durante la
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Firmado
