Que el tribunal ad quem al pretender hacer ver que desde la vigencia del contrato
Que el tribunal ad quem al pretender hacer ver que desde la vigencia del contrato se hubiera convertido en funcionaria publica o sujeta a ley Nº 2027, cual más falso, pretendiendo hacer ver que el juez a quo hubiera obrado sin competencia, al contrario en justa aplicación de la ley el juez manifiesta que la Ley 2027 fue promulgada con posterioridad a su ingreso en la universidad como jornalera, al fin y al cabo como trabajadora, lo que quiere decir que no estaba sujeta a la ley 2027 y que además sin ninguna de las partes hubiera solicitado se pronuncien sobre la aplicación de la Ley 2027 lo que es considerado como extra petita y al contrario no se manifestaron sobre los salarios devengados por el juez a quo
- DISTRITO: Potosí PROCESO: Social
- PARTES: Elena Ramírez Pérez c/ la Universidad Autónoma "Tomás Frías"
- MINISTRA RELATORA: Beatriz A. Sandoval Bascopé
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Trabajo y Seguridad Social de
- Apelada la sentencia por la actora Elena Ramírez Pérez de fs
- Esta resolución, motivó el recurso de nulidad interpuesto por Elena Ramírez Pérez de fs
- Que el tribunal ad quem al pretender hacer ver que desde la vigencia del contrato
- Concluye expresando que el auto de vista recurrido al calificar los beneficios sociales por tres
- CONSIDERANDO II: Que, la uniforme jurisprudencia emitida por este máximo tribunal, ha entendido que el
- En el caso de autos, la recurrente no obstante de interponer el recurso de casación
- Este tribunal considera que no corresponde determinar la nulidad alegada en el dictamen fiscal de
- En el contexto precedentemente expuesto, al ser el recurso ambiguo, insuficiente, injustificable y carente de
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario del profesional Abogado, en Bs
- Para resolución conforme convocatoria de fs
- Relatora: Ministra Beatriz A. Sandoval Bascopé
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Min. Beatriz A. Sandoval Bascopé
- Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Proveído: Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
