POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con
POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la facultad conferida por el artículo 52 de la Constitución Política del Estado, DENIEGA la autorización solicitada por el Fiscal General de la República para el enjuiciamiento de Ninoska Lazarte Caballero Diputada Uninominal Nacional por el Departamento de Cochabamba, por la circunscripción Nº 24
- PARTES: Presentado por el Fiscal General de la República a
- FECHA: 5 de mayo de 2009
- VISTOS EN SALA PLENA: El Requerimiento del Fiscal General de la República de fojas 36-38,
- CONSIDERANDO: Que de la revisión de antecedentes, se evidencia que el Ministerio Público solicita la
- La querella del representante del Ministro de Gobierno, dio lugar a la investigación preliminar llevada
- El Fiscal General de la República emitió el Requerimiento en análisis, teniendo en cuenta la
- CONSIDERANDO: Que a efecto de la consideración del Requerimiento de fs
- Que por su parte el artículo 51 Constitucional tiene como objetivo proteger a los parlamentarios
- En autos, de la revisión de antecedentes, se establece que el Coordinador de Asuntos Jurídicos
- Que la actuación de la Diputada Ninoska Lazarte Caballero estuvo amparada en la facultad de
- POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con
- Los Ministros Julio Ortiz Linares, Ángel Irusta Pérez, Teófilo Tarqino Mújica al igual que los
- Regístrese y cúmplase
- Secretaria: Sofía L. Fiengo Sotés
