VISTOS EN SALA PLENA: El Requerimiento del Fiscal General de la República de fojas 36-38,
VISTOS EN SALA PLENA: El Requerimiento del Fiscal General de la República de fojas 36-38, solicitando a la Corte Suprema de Justicia de la Nación autorice el enjuiciamiento de la señora Ninoska Lazarte Caballero, Honorable Diputada Nacional por el Departamento de Cochabamba, los antecedentes del trámite y:
CONSIDERANDO: Que Edgard Omar Mollinedo Peredo, Fiscal de Materia de la ciudad de La Paz, hace conocer al Señor Fiscal General de la República, la existencia de un proceso penal de acción pública seguido a querella de Denis Efraín Rodas Limachi contra Ninoska Lazarte Caballero, Diputada Nacional, por la supuesta comisión de los delitos de instigación pública a delinquir, falsedad material, falsedad ideológica y uso de instrumento falsificado, previstos y sancionados por los artículos 134, 198, 199 y 203 del Código Penal, solicitando a esa autoridad del Ministerio Público, la tramitación correspondiente de autorización para proceder a su procesamiento. En consecuencia, la Máxima Autoridad del Ministerio Público formuló a fojas 36-38 el Requerimiento solicitando en invocación de los artículos 124 y 52 de la Constitución Política del Estado y 55 inciso 9) de la Ley de Organización Judicial, la autorización para el procesamiento de la indicada Diputada Nacional
- PARTES: Presentado por el Fiscal General de la República a
- FECHA: 5 de mayo de 2009
- VISTOS EN SALA PLENA: El Requerimiento del Fiscal General de la República de fojas 36-38,
- CONSIDERANDO: Que de la revisión de antecedentes, se evidencia que el Ministerio Público solicita la
- La querella del representante del Ministro de Gobierno, dio lugar a la investigación preliminar llevada
- El Fiscal General de la República emitió el Requerimiento en análisis, teniendo en cuenta la
- CONSIDERANDO: Que a efecto de la consideración del Requerimiento de fs
- Que por su parte el artículo 51 Constitucional tiene como objetivo proteger a los parlamentarios
- En autos, de la revisión de antecedentes, se establece que el Coordinador de Asuntos Jurídicos
- Que la actuación de la Diputada Ninoska Lazarte Caballero estuvo amparada en la facultad de
- POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con
- Los Ministros Julio Ortiz Linares, Ángel Irusta Pérez, Teófilo Tarqino Mújica al igual que los
- Regístrese y cúmplase
- Secretaria: Sofía L. Fiengo Sotés
