Entre las atribuciones y facultades de unificar la jurisprudencia nacional y proveer la realización del
Entre las atribuciones y facultades de unificar la jurisprudencia nacional y proveer la realización del derecho objetivo, no se encuentra la de resolver cuestiones de hecho accesorias del proceso, que seguramente podrán ser definidas cuando se ingrese al análisis del fondo de la controversia y no antes, como en el caso presente se pretende, pues la jurisprudencia sentada por este Tribunal, estableció que el recurso de casación se asimila una demanda nueva de puro derecho, extraordinaria y excepcional, que tiene, conforme se tiene señalado, una doble función, de un lado, la de unificar la jurisprudencia nacional; y del otro, la de proveer la realización del derecho objetivo, función que en la doctrina se ha denominado nomofiláctica o de protección a la ley
- AUTO SUPREMO Nº 166 - Coactivo Fiscal Sucre, 28 de mayo de 2009
- PARTES: Comando General de la Policía Nacional c/ Héctor del Callejo Bustillos y otros
- CONSIDERANDO I: El Juez Segundo de Partido Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario, mediante Auto de
- Los coactivados Héctor del Callejo Bustillos, Martha Carrasco Alba, Alejandro López Videla e Ivar De
- CONSIDERANDO II: Para resolver la solicitud objeto de análisis, corresponde con carácter previo, recordar que
- Entre las atribuciones y facultades de unificar la jurisprudencia nacional y proveer la realización del
- Al respecto, nuestra economía procesal, en aplicación de la norma remisiva contenida en el art
- En mérito a esa diferenciación de la acción extraordinaria en su planteamiento, la resolución también
- Por otra parte, es verdad que en cumplimiento de diferentes Sentencias Constitucionales, este tribunal, admitió
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Conforme a convocatoria de fs
- Relatora: Ministra Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Proveído: Carlos Bernal Tupa.- Secretario de Cámara.
