Remitido el proceso ante el juez del plenario y radicado por providencia de 22 de
Remitido el proceso ante el juez del plenario y radicado por providencia de 22 de agosto de 1994 cursante a fs. 400, gestionada la fase del plenario la sentencia se la pronunció el 15 de septiembre de 2004, luego de 10 años y 23 días de haberse radicado el proceso en el juzgado de partido, como consta a fs. 1116 a 1121 vlta., de obrados
- VISTOS: La remisión de oficio dispuesta a fs
- En ese entendido, el Ministerio Público, invocando la Sentencia Constitucional N° 0101/04 y Auto Complementario
- Bajo estas premisas, cabe referir que el rechazo formulado por la Sala Penal Primera del
- CONSIDERANDO: Que, el órgano jurisdiccional debe analizar en términos objetivos y verificables los orígenes o
- CONSIDERANDO: Que, si bien el presente proceso en su tramitación ha excedido el máximo de
- Remitido el proceso ante el juez del plenario y radicado por providencia de 22 de
- Finalmente, la querellante interpuso recurso de apelación contra la sentencia por memorial de fs
- Como se podrá advertir que desde la publicación del Nuevo Código de Procedimiento Penal, se
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Dr. Ángel Irusta Pérez
- Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro Tomas de Razón 2/2009
