Auto Supremo AS/0306/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0306/2009

Fecha: 16-May-2009

CONSIDERANDO: Que, la disposición transitoria tercera de la Ley Nº 1970 de 25 de marzo

SALA PENAL PRIMERA

AUTO SUPREMO: 306 Sucre, 16 de mayo de 2009

DISTRITO: Cochabamba

PARTES: Ministerio Público c/ José Luís Serrano Herrera

Tráfico de Sustancias Controladas (Dispone no haber lugar a la extinción de la acción penal)

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Sucre, 16 de mayo de 2009

VISTOS: El requerimiento fiscal sobre la no extinción de la acción penal de fojas 291 a 292, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra José Luís Serrano Herrera, por el delito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el artículo 48 de la Ley 1008, sus antecedentes, y;

CONSIDERANDO: Que, la disposición transitoria tercera de la Ley Nº 1970 de 25 de marzo de 1999, estatuye que "Las causas que deban tramitarse conforme el régimen procesal anterior, deberán ser concluidas en el plazo máximo de cinco años, computables a partir de la publicación de éste Código"