Cámara de la Sala Penal Primera
Sucre, 22 de mayo de 2009
Proveído.- Jaime René Conde Andrade -Secretario de
Cámara de la Sala Penal Primera
- CONSIDERANDO: Que, el Juzgado de Partido en lo Penal Liquidador de la ciudad de Quillacollo
- Que, en apelación deducido por la parte demandada el Tribunal de Alzada mediante Auto de
- CONSIDERANDO: Que, la parte demandada en tiempo hábil y oportuno formuló recurso de casación contra
- CONSIDERANDO: Que, antes de ingresar a considerar el fondo del recurso de casación presentado por
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, comuníquese y cúmplase
- Fdo. Dr. Ángel Irusta Pérez
- Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro Tomas de Razón 2/2009
