Auto Supremo AS/0319/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0319/2009

Fecha: 22-May-2009

POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,


POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en ejercicio de sus atribuciones, en desacuerdo con el requerimiento fiscal de fojas 255 a 257, y en aplicación del artículo 307 inciso 1) del Código de Procedimiento Penal de 1972, declara IMPROCEDENTES los recursos de casación interpuestos por los imputados Julián Aguilar Mejía (fojas 238 a 241), Reynaldo Parra Jaldín (fojas 243 a 245), y por Benito Velarde Mamani (fojas 249 a 250)