Auto Supremo AS/0024/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0024/2009

Fecha: 04-Jun-2009

En la especie, si bien es cierto que los de instancia en sus resoluciones respectivas


En la especie, si bien es cierto que los de instancia en sus resoluciones respectivas no determinaron específicamente la división de los bienes gananciales, empero, dada la naturaleza del proceso en cuestión, ésta omisión no conlleva la nulidad del proceso por cuanto la división de bienes gananciales constituye una lógica consecuencia de la desvinculación matrimonial o de la sentencia de divorcio, que bien puede concretarse en ejecución de fallos, sin retrotraer el trámite de la causa evitando de este modo incurrir en moras procesales y resguardando los principios de celeridad y economía, toda vez que el objeto principal de la demanda es, precisamente, la declaratoria de divorcio, sustentada en una causal desvinculatoria prevista por ley, razonamiento que nos lleva a concluir, que la denuncia formulada por el demandado recurrente no constituye razón suficiente para disponer la anulación de la causa