Auto Supremo AS/0179/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0179/2009

Fecha: 23-Jun-2009

Por otro lado, corresponde señalar sobre los aspectos referidos a la apreciación de la prueba,


Por otro lado, corresponde señalar sobre los aspectos referidos a la apreciación de la prueba, que el recurrente no demostró conforme exige el procedimiento de la materia artículo 253.3) del C.P.C., si los de instancia incurrieron en errores de hecho o de derecho en el ejercicio de dicha atribución, a efectos de que se abra la competencia de este tribunal, para realizar una nueva valoración de la misma, dado que ésta es una atribución privativa de los juzgadores de instancia incensurable en casación