Por otro lado, corresponde señalar sobre los aspectos referidos a la apreciación de la prueba,
Por otro lado, corresponde señalar sobre los aspectos referidos a la apreciación de la prueba, que el recurrente no demostró conforme exige el procedimiento de la materia artículo 253.3) del C.P.C., si los de instancia incurrieron en errores de hecho o de derecho en el ejercicio de dicha atribución, a efectos de que se abra la competencia de este tribunal, para realizar una nueva valoración de la misma, dado que ésta es una atribución privativa de los juzgadores de instancia incensurable en casación
- AUTO SUPREMO Nº 179 - Social Sucre, 23 de junio de 2009
- PARTES: René Rico Sempértegui c/ Lloyd Aéreo Boliviano S.A
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, la Jueza Primero del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación deducida por la empresa demandada, la Sala Social y Administrativa de
- Este fallo motivó el recurso de casación y/o nulidad de fs
- Concluye solicitando contradictoria y confusamente que el tribunal de casación, case o anule el injusto
- CONSIDERANDO II: Que la abundante jurisprudencia sentada por este tribunal, estableció que el recurso de
- En ese orden, corresponde establecer que la finalidad del recurso de casación en el fondo,
- Asimismo, corresponde señalar que cuando se plantea el recurso de casación en el fondo, se
- CONSIDERANDO III: En la especie, se advierte que el apoderado recurrente no cumplió con la
- Por otro lado, corresponde señalar sobre los aspectos referidos a la apreciación de la prueba,
- Concluyéndose que al ser evidente la inobservancia de la adecuada técnica en la interposición del
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula honorario profesional de Abogado patrocinante en la suma de Bs
- Para sorteo y resolución de la causa, según convocatoria de fs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- RELATOR: Ministro Hugo R. Suárez Calbimonte
- Fdo. Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Proveído: Carlos Bernal Tupa.- Secretario de Cámara
