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2.-Asimismo, alega que los precedentes contradictorios que fueron invocados al interponer el recurso de apelación restringida, son los relativos a la violación del art. 14 de la Constitución Política del Estado, toda vez que en el proceso, no ha existido acta ni constancia alguna de una presunta declaración suya sobre el hecho imputado, hecho sobre el cual el Fiscal Héctor Llave se ha prestado a testificar en juicio, olvidando su calidad de fiscal que conoció y tramitó dicho proceso en su contra, por lo que acusa la violación de los arts. 171 y 172 del Código de Procedimiento Penal, por haber admitido como medio de prueba elementos ilícitos y prohibidos
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- CONSIDERANDO: Que, para la admisibilidad del recurso de casación se debe cumplir con los requisitos
- CONSIDERANDO: Que, de fs
- CONSIDERANDO: Que, posteriormente Daniel Wilson Mamani Huanca, recurre de casación a fs
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- Finaliza pidiendo al máximo tribunal, le conceda el recurso y disponga la nulidad de tan
- CONSIDERANDO: Que, de una revisión exhaustiva del recurso de casación, se establece que el recurrente
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Dr. Ángel Irusta Pérez
- Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro Tomas de Razón 2/2009
