CONSIDERANDO: Que, tramitado el proceso señalado, el Juez 9° de Partido 1° en lo Penal
SALA PENAL PRIMERA
AUTO SUPREMO: 363 Sucre, 21 de julio de 2009
DISTRITO: La Paz
PARTES: Porfirio Coaquira Mamanic/ Miguel Ángel Ticona Mendoza
Asesinato y Parricidio(Declara infundado el recurso de casación)
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Sucre, 21 de julio de 2009
VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Porfirio Coaquira Mamani de fs. 405 a 409 impugnando el auto de vista de fs. 400 a 401 vlta., de 2 de abril de 2004, pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, en el proceso penal seguido por el recurrente contra Miguel Ángel Ticona Mendoza por los delitos de asesinato y parricidio previstos por los arts. 252 y 253 del Código Penal, los antecedentes, el requerimiento fiscal adjunto de fs.417 a 418, y;
CONSIDERANDO: Que, tramitado el proceso señalado, el Juez 9° de Partido 1° en lo Penal de La Paz, pronunció la sentencia de fs. 368 a 372 el 11 de agosto de 2004, declarando al procesado Miguel Ángel Ticona Mendoza autor de los delitos de asesinato y parricidio previstos por los arts. 252 y 253 del Código Penal, condenándole a la sanción penal de 30 años de presidio, en la Penitenciaria de "San Pedro" de la ciudad de La Paz y pago de daños civiles, sin derecho a indulto
AUTO SUPREMO: 363 Sucre, 21 de julio de 2009
DISTRITO: La Paz
PARTES: Porfirio Coaquira Mamanic/ Miguel Ángel Ticona Mendoza
Asesinato y Parricidio(Declara infundado el recurso de casación)
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Sucre, 21 de julio de 2009
VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Porfirio Coaquira Mamani de fs. 405 a 409 impugnando el auto de vista de fs. 400 a 401 vlta., de 2 de abril de 2004, pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, en el proceso penal seguido por el recurrente contra Miguel Ángel Ticona Mendoza por los delitos de asesinato y parricidio previstos por los arts. 252 y 253 del Código Penal, los antecedentes, el requerimiento fiscal adjunto de fs.417 a 418, y;
CONSIDERANDO: Que, tramitado el proceso señalado, el Juez 9° de Partido 1° en lo Penal de La Paz, pronunció la sentencia de fs. 368 a 372 el 11 de agosto de 2004, declarando al procesado Miguel Ángel Ticona Mendoza autor de los delitos de asesinato y parricidio previstos por los arts. 252 y 253 del Código Penal, condenándole a la sanción penal de 30 años de presidio, en la Penitenciaria de "San Pedro" de la ciudad de La Paz y pago de daños civiles, sin derecho a indulto
- CONSIDERANDO: Que, tramitado el proceso señalado, el Juez 9° de Partido 1° en lo Penal
- Deducida la apelación por el procesado Miguel Ángel Ticona Mendoza a fs
- CONSIDERNADO: Que, analizados los fundamentos de casación interpuesto por Porfirio Coaquira Mamani de fs
- CONSIDERANDO: Que, del estudio, análisis y valoración de las pruebas cursantes en el proceso, con
- Consiguientemente en el proceso existe prueba semiplena y no se lo puede condenar por el
- En consecuencia, el tribunal ad quem al pronunciar el Auto de Vista, no ha incurrido
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dr. Ángel Irusta Pérez
- Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro Tomas de Razón 2/2009
