Auto Supremo AS/0367/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0367/2009

Fecha: 21-Jul-2009

Deducida la apelación por el procesado Isidro Fernando Beltrán Ortiz a fs


Deducida la apelación por el procesado Isidro Fernando Beltrán Ortiz a fs. 1168, los representantes de la querellante, Oscar y Roxana Beltrán Ortiz a fs. 1170, la Sala Penal Primera en suplencia de la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, mediante Auto de Vista Nº 59 de 19 de abril de 2004 de fs. 1193 a 1195 vlta., anuló la sentencia de primer grado pronunciando una nueva, a través de la cual declaró al procesado Isidro Fernando Beltrán Ortiz autor de los delitos de falsedad material, falsedad ideológica y uso de instrumento falsificado, previstos por los arts. 198, 199 y 203 del Código Penal, imponiéndole la pena de tres años de reclusión, a cumplir en el Penal de "San Pedro" de esa ciudad, con costas y responsabilidad civil a favor de la querellante y costas a favor del Estado, averiguables en ejecución de sentencia. Asimismo, en cuanto a la procesada Nancy Ticona Lazarte, le absolvió por los delitos de falsedad material, falsedad ideológica y uso de instrumento falsificado, previstos por los arts. 198, 199 y 203 del Código Penal, con costas en su favor