Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0393/2009
Fecha: 27-Jul-2009
Dr. Ángel Irusta Pérez
Dr. Ángel Irusta Pérez
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CONSIDERANDO: Que, la Sentencia Constitucional Nº 0101/04 de 14 de septiembre de 2004, establece que
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Que, la Sentencia Constitucional Nº 1042/05 de 5 de septiembre de 2005, establece en sus
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A su vez la Sentencia Constitucional Nº 1365/05 de 31 de octubre de 2005, determinó
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CONSIDERANDO: Que, para la procedencia de la extinción de la acción penal, se debe cumplir
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Que a la fecha ha vencido el plazo previsto por ley para la duración máxima
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CONSIDERANDO: Que, la aplicación automática de la regla de extinción de la acción penal por
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En efecto el narcotráfico es considerado delito de lesa humanidad, imprescriptible por mandato legal, según
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Que, los delitos de sustancias controladas se encuentran previstos también en la Convención sobre la
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Que, la Corte Suprema de Justicia, mediante la Sala Penal Primera pronunció el Auto Supremo
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Por consiguiente de la revisión de antecedentes se evidencia que la no conclusión del proceso
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POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
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Regístrese y hágase saber
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Fdo. Dr. Teófilo Tarquino Mújica
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Dr. Ángel Irusta Pérez
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Cámara de la Sala Penal Primera
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Libro Tomas de Razón 2/2009
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