Auto Supremo AS/0397/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0397/2009

Fecha: 27-Jul-2009

CONSIDERANDO: Que, por denuncia de 26 de abril de 2000 se inició el caso de

SALA PENAL PRIMERA

AUTO SUPREMO: 397 Sucre, 27 de julio de 2009

DISTRITO: Cochabamba

PARTES:Janneth Orellana Espejo c/ Félix Guido Yugar Tórrez

Estelionato (declara la extinción de la acción penal)

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Sucre, 27 de julio de 2009

VISTOS: El requerimiento fiscal de 5 de enero de 2005, pronunciado de oficio respecto a la extinción de la acción penal por el transcurso del tiempo a fs. 190 a 192, en el proceso penal seguido por Janneth Orellana Espejo contra Félix Guido Yugar Tórrez, con imputación por la comisión del delito de estelionato, previsto y sancionado por el art. 337 del Código Penal, los antecedentes de la materia, y;

CONSIDERANDO: Que, por denuncia de 26 de abril de 2000 se inició el caso de autos, ordenándose la instrucción penal el 15 de febrero del 2001 que cursa a fs. 14 vlta., el mismo que determinó procesamiento por Auto de 18 de marzo del 2002 a fs.102 y vlta., posteriormente previa consideraciones y trámites de ley en el plenario el Juzgado Cuarto de Partido en lo Penal Liquidador de la ciudad de Cochabamba, pronunció Sentencia de 17 de febrero de 2003 cursante a fs. 163 a 164, que declaró al encausado autor del delito acusado, imponiéndole la pena de tres años de reclusión, al pago de multas, daños y perjuicios a ser regulados en ejecución de Sentencia