Auto Supremo AS/0191/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0191/2009

Fecha: 31-Ago-2009

POR TANTO: La Sala Civil Primera de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la


POR TANTO: La Sala Civil Primera de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la facultad conferida por el artículo 58.1) de la Ley de Organización Judicial ANULA obrados hasta el Auto de Vista No. 147 de fs. 704 y vta. inclusive, disponiendo que el tribunal de apelación, sin espera de turno y previo sorteo, pronuncie nueva resolución conforme los fundamentos del presente fallo, bajo conminatoria de sanción administrativa