Que en segunda instancia, se revocó la Sentencia por Auto de Vista de 15 de
Que en segunda instancia, se revocó la Sentencia por Auto de Vista de 15 de junio de 2006 (fojas 2514 a 2516 vuelta), y declaró en su lugar a Raúl Condori Tito autor de hurto imponiéndole la pena de 4 años de privación de libertad; a Carlos Estrada Pacheco, Glogualdo Flores Barra como cómplices, encubridores y receptadores les condenó a 2 años y seis meses de privación de libertad; a Sofía Centellas Monasterios, Justo Condori, Olga Condori Tito como autores de encubrimiento les condenó a un año y seis meses de privación de libertad más 100 días multa; dando origen a los recursos de casación de fojas 2521 a 2524 vuelta; de fojas 2535 a 2537 vuelta y de fojas 2546 a 2549 vuelta, y al recurso de nulidad o casación de fojas 2528 a 2531 vuelta, formulado por ambas partes, el mismo que se encuentra radicado en este Tribunal Supremo desde el 16 de diciembre de 2006
- CONSIDERANDO: Que, siendo la excepción de extinción de la acción penal de previo y especial
- Que en ese entendido y revisado objetivamente los datos del caso de autos, se advierte
- Que en segunda instancia, se revocó la Sentencia por Auto de Vista de 15 de
- Que habiéndose iniciado el proceso en noviembre de 1996, hasta la fecha han transcurrido mas
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Dr. Ángel Irusta Pérez
- Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro Tomas de Razón 3/2009
