Auto Supremo AS/0200/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0200/2009

Fecha: 10-Sep-2009

Por otro lado, luego de la revisión integral de los antecedentes de la causa, este


Por otro lado, luego de la revisión integral de los antecedentes de la causa, este tribunal no halla mérito para disponer la anulación de obrados, conforme impetró la recurrente, habida cuenta que a efectos de disponer la anulación de la causa, se deben considerar principios doctrinales como el de especificidad o legalidad, en cuya virtud, la nulidad del vicio procesal que se acusa debe estar expresamente prescripta en la ley, así establece el art. 247 de la Ley de Organización Judicial. Del mismo modo, se deben considerar los alcances de los principios de trascendencia, convalidación y preclusión, por citar algunos. Además, la recurrente no cumplió con el voto del art. 254 y 258 del CPC, a efectos de solicitar la anulación del proceso, careciendo tanto de sustento fáctico como jurídico