Auto Supremo AS/0464/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0464/2009

Fecha: 04-Sep-2009

POR TANTO


POR TANTO.- La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en ejercicio de la atribución que le otorga el Numeral 1) del artículo 59 de la Ley de Organización Judicial y en aplicación de la regla establecida por el numeral 1) del artículo 307 del Código de Procedimiento Penal de 1972, de acuerdo con el requerimiento fiscal declara IMPROCEDENTE el recurso de casación deducido por Luís Armin Villca Mamani y Abrelio Argollo Pampa, con costas conforme dispone el artículo 307 última parte del Código de Procedimiento Penal