Por el contrario se establecen actitudes dilatorias de la procesada Delmira Solano Gonzáles interponiendo incidentes
Por el contrario se establecen actitudes dilatorias de la procesada Delmira Solano Gonzáles interponiendo incidentes y recursos de apelación incidental (fojas 97 a 99) rechazada por auto 046/2006 a fojas 116, si bien la procesada tiene facultad de hacer uso de los medios y recursos, a condición de que las impugnaciones sean valederas y no con el ánimo de retardar el trámite de la causa como se tiene del análisis realizado en el caso sub-lite, evidenciándose que las dilaciones de la presente causa penal son atribuibles a la procesada; en consecuencia no es procedente la extinción de la acción penal
- Delito: Peculado y otros
- VISTOS: la solicitud de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso presentada
- CONSIDERANDO: que es necesario destacar que la causa se encuentra radicada en esta instancia, por
- CONSIDERANDO: que el derecho a un juicio sin dilaciones indebidas de tiempo es de extrema
- En este contexto, de acuerdo al artículo 133 del Código de Procedimiento Penal, el proceso
- En el mismo sentido la Sentencia Constitucional Nº 1042/05 de 5 de septiembre, establece en
- CONSIDERANDO: que del requerimiento del representante del Ministerio Público (fojas 313 a 315) examinados los
- CONSIDERANDO: que de los datos procesales se evidencia que no existe actuados violatorios de las
- Por el contrario se establecen actitudes dilatorias de la procesada Delmira Solano Gonzáles interponiendo incidentes
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con la participación
- Regístrese y hágase saber
- Firmado
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
