Auto Supremo AS/0007/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0007/2010

Fecha: 11-Ene-2010

Esta resolución motivó el recurso de casación en el fondo formulado por el Director General


Contra esta resolución la beneficiaria formuló recurso de apelación (fs. 75-76), que fue resuelto mediante Auto de Vista Nº 223/2008 SSA-II de 22 de octubre de 2008 (fs. 117), emitido por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, mediante el cual se revocó la Resolución Nº 00276/07 emitida por la Comisión de Reclamación del SENASIR y dispuso conforme a sus fundamentos, la restitución del pago de renta de viudedad a favor de la Sra. Lidia Paredez vda. de Apaza a partir de la fecha en que fue suspendida su renta (04.06.04)

Esta resolución motivó el recurso de casación en el fondo formulado por el Director General Ejecutivo a.i del Servicio Nacional del Sistema de Reparto SENASIR (fs. 119-121), en el que luego de relacionar los antecedentes del proceso y trascripción de varias disposiciones legales, fundamentó que la renta de viudedad cesará en caso de nuevas nupcias o concubinato mediante una suspensión definitiva de la renta, advirtiéndose que en ninguna de las disposiciones señaladas, se establece el caso de "separación" como causa de rehabilitación de la renta de viudedad, aspecto que no ha sido contemplado por el tribunal ad quem, quien habría interpretado erróneamente los arts. 51 del C.S.S. y 61 de su Reglamento, 39 del Decreto Ley Nº 13214 de 24 de diciembre de 1975, 37 del Manual de Prestaciones de Rentas en Curso de Pago y de Adquisición aprobado mediante R.S. Nº 10.0.0.087 de 21 de julio de 1997 y 31 de la Resolución Ministerial Nº 507 de 16 de octubre de 2006