Que en ese marco legal, se concluye que no se observa violación de norma legal
Que en ese marco legal, se concluye que no se observa violación de norma legal alguna, al contrario el tribunal de apelación realizó una adecuada interpretación y aplicación de los arts. 51 del C.S.S. y 61 de su Reglamento, 39 del Decreto Ley Nº 13214 de 24 de diciembre de 1975, 37 del Manual de Prestaciones de Rentas en Curso de Pago y de Adquisición aprobado mediante R.S. Nº 10.0.0.087 de 21 de julio de 1997 y 31 de la Resolución Ministerial Nº 507 de 16 de octubre de 2006, normas estas que fueron alegadas de violación en el recurso, porque en todo caso se acreditó que la beneficiaria no adecuó su actuar a las previsiones del art. 37 del Manual de Prestaciones de Rentas en Curso de Pago y de Adquisición, correspondiendo por ello dar aplicación de los arts. 271 inc. 2) y 273 del Cód. Pdto. Civ., con la permisión de los arts. 663 del R.C.S.S. y 15 Manual de Prestaciones de Rentas en Curso de Pago y Adquisición
- PARTES: Lidia Paredez Mejía vda. de Apaza c/ SENASIR
- MINISTRO RELATOR: Hugo R. Suárez Calbimonte
- CONSIDERANDO I: Que después de haber solicitado Lidia Paredez Mejía, renta de viudedad, se emitió
- Luego, estando ya en curso de pago la renta otorgada, la Comisión de Calificación de
- La indicada determinación fue impugnada por la beneficiaria mediante recurso de reclamación (fs
- Esta resolución motivó el recurso de casación en el fondo formulado por el Director General
- Concluyó solicitando que se conceda el recurso, para que este tribunal deliberando en el fondo
- CONSIDERANDO II: Que así expuestos los fundamentos del recurso de casación, se establece lo siguiente
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- Que en ese marco legal, se concluye que no se observa violación de norma legal
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Para resolución, previa convocatoria de fs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Min. Beatriz Sandoval Bascopé
- Proveído: Mirtha Dolly Ortiz Paniagua
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
