Auto Supremo AS/0382/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0382/2010

Fecha: 06-Oct-2010

Al respecto, revisando los antecedentes se establece que los datos de la fecha de nacimiento


Al respecto, revisando los antecedentes se establece que los datos de la fecha de nacimiento no han variado desde la fecha de inicio de la solicitud del trámite presentado el 16 de agosto de 2000, tal como se evidencia del formulario Nº 400 (fs. 29) y también en la tapa del expediente y que presuntamente habría existido una duda por la existencia de otra partida que fue anulada por vía judicial, resolución que no modifica ningún dato consignado inicialmente en la solicitud de la renta, por tanto la renta solicitada debe ser cancelada a partir del mes siguiente de la presentación de la solicitud, tal conforme prescriben los arts. 74 del Manual de Prestaciones en Curso de Pago y Adquisición y 471 del R. Cód. S.S