Auto Supremo AS/0463/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0463/2010

Fecha: 01-Oct-2010

En ese orden corresponde señalar que por los principios de inmediatez y concentración de la


En ese orden corresponde señalar que por los principios de inmediatez y concentración de la prueba en los procesos penales, es facultad exclusiva de los jueces y tribunales de sentencia efectuar la valoración de las pruebas producidas por las partes. La relevancia o no de una prueba para el fallo se conecta en principio con su trascendencia en la valoración del órgano jurisdiccional para determinar una sentencia condenatoria fundada en auténticos actos de prueba y que la actividad probatoria sea suficiente para generar en el tribunal la evidencia de la existencia del hecho punible así como la responsabilidad del acusado en ella y que anulen la presunción de inocencia y la duda razonable