Contra dicha Sentencia, la Gerencia Regional de la Aduana La Paz, interpuso el Recurso de
Contra dicha Sentencia, la Gerencia Regional de la Aduana La Paz, interpuso el Recurso de Apelación (fojas 869-874), el Tribunal de Alzada, emitió el Auto de Vista mediante Resolución No. 19/2008 de 15 de febrero de 2008 (fojas 941 a 943), que revocó parcialmente la Sentencia No. 72/2004 de 8 de septiembre de 2004 de fs. 858-866 y condenó a 4 años de privación de libertad a Patricia Mireya Deheza de Ruiz, Víctor Leopoldo Alarcón y Jesús Molina Dávalos, por existir prueba plena en su contra por el delito de Falsedad Aduanera previsto en el art. 175 de la Ley General de Aduanas y declaró subsistente la extinción de la acción penal a favor de los co-procesados Vicente Torrico y Narciso René Ramos Zamora, invocando la Disposición Transitoria Tercera, párrafo V) del Nuevo Código Tributario (Ley No. 2492) y la cancelación de medidas cautelares de carácter personal y real, asimismo la cancelación de decomiso preventivo y devolución del camión con placa LCE -33 a favor de la empresa Transportes Alanota S.R.L., por la Administración Aduanera
- PARTES: Ministerio Público y Otros c/ Narciso Ramos, Vicente Torrico y Otros
- MINISTRO RELATOR: Dr. Jorge Monasterio Franco
- CONSIDERANDO: Que concluido el proceso, el Juez de Partido Segundo en lo Penal de la
- Contra dicha Sentencia, la Gerencia Regional de la Aduana La Paz, interpuso el Recurso de
- Contra el mencionado Auto de Vista, la Gerencia Regional de la Aduana La Paz, el
- Continúa arguyendo que el Tribunal de Alzada, no tomó en cuenta que para proceder a
- Con tales argumentos, pide se Case el referido Auto de Vista, y se disponga el
- Que corrido en traslado al Ministerio Público, a fs
- CONSIDERANDO: Que del contenido del memorial de Casación, se tiene que el recurrente, fundó su
- Que el 4 de mayo de 2001, se dictó el Auto de Apertura de proceso
- 4).- Víctor Alarcón (detenido)
- Por estar sus conductas previstas y sancionadas en el art
- Auto en el que se dispuso la citación de los co-procesados Vicente Torrico, Patricia Mireya
- EL 18 de julio de 2001 se efectuó la audiencia de (fs
- En la audiencia de 19 de octubre de 2001, se dispuso la declaratoria de rebeldía
- CONSIDERANDO: Que del análisis de todo lo obrado se evidencia que el Tribunal de Alzada,
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- RELATOR: Ministro Dr. Jorge Monasterio Franco
- Fdo. Dr. Jorge Monasterio Franco
- Dra. Ana María Forest Cors
- Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro de Tomas de Razón 3/2010
