Que, en ese entendido, si bien se adjuntó copia de la Apelación Restringida, pero al
Que, en ese entendido, si bien se adjuntó copia de la Apelación Restringida, pero al no haberse invocado precedente contradictorio válido, ya que el Auto Supremo Nº 111/07 no es contradictorio, toda vez que el Auto de Vista se pronunció respecto a todos los motivos apelados; asimismo el Auto Supremo Nº 308/06 no contradice al fallo impugnado ya que la Sentencia se encuentra debidamente fundamentada conforme a las reglas de la sana critica; lo que determina que el recurso de casación no dio cumplimiento a los requisitos exigidos por los arts. 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal
- CONSIDERANDO: Que, a efectos de la admisión del Recurso de Casación, los sujetos procesales se
- Sobre este aspecto, la Sentencia Constitucional 1008/2005-R precisó que no todos los Autos de Vista
- CONSIDERANDO: Que, en tiempo hábil y oportuno el imputado formuló Recurso de Casación y de
- El recurrente menciona que el Tribunal de apelación confirmando la sentencia pronunciada por la juez
- Asimismo señala que en el juicio no se presentó prueba que establezca la relación jurídica
- De igual manera el recurrente manifiesta que el Auto de Vista Nº 144/08 de 22
- Que, en ese entendido, si bien se adjuntó copia de la Apelación Restringida, pero al
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dr. Jorge Monasterio Franco
- Dra. Ana María Forest Cors
- Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro de Tomas de Razón 3/2010
