Auto Supremo AS/0551/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0551/2010

Fecha: 28-Oct-2010

A lo anterior se debe agregar que para establecer la existencia o no de una


A lo anterior se debe agregar que para establecer la existencia o no de una relación de dependencia laboral debe primar la verdad material sobre la verdad formal y siguiendo esa línea, doctrinalmente se han venido proponiendo una serie de presupuestos fácticos a efecto de establecer si en los hechos existió o no relación de dependencia laboral, entre ellos, además de los presupuestos contenidos en el D.S. 23570 de 26 de julio de 1993, se consideran: La incorporación a una organización jerarquizada, la sujeción a la función organizadora y directiva del titular, sujeción de la actividad propia a la de la empresa, obligación de ajustar la prestación a los criterios organizativos de quien lo proporciona, facultad del dador de trabajo de impartir órdenes, así como la de sustituir, a su conveniencia, su voluntad a la del trabajador, sujeción de quien presta el servicio a las órdenes e instrucciones del dador de trabajo, poder de quien proporciona trabajo de dirigir y controlar la prestación, el carácter personal y no sustituible de la obligación de prestar personalmente el servicio, utilización en el trabajo de papelería o documentación de la empresa, tal cual reza en el contrato, obligación de disponibilidad (viajes y otros), identificación de un lugar para la prestación del servicio, suministro de materiales por el posible empleador, duración del vínculo y otros. Constituyéndose estos elementos en indicadores generales de tal modo que la concurrencia total o parcial de algunos de ellos resultará suficiente para establecer la existencia de una relación de dependencia laboral