Auto Supremo AS/0434/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0434/2010

Fecha: 01-Nov-2010

Asimismo, corresponde señalar que cuando se plantea el recurso de casación en el fondo se


Asimismo, corresponde señalar que cuando se plantea el recurso de casación en el fondo se deben circunscribir los hechos denunciados a las causales de procedencia establecidas por el artículo 253 del Código de Procedimiento Civil, destacando que si se pretende una nueva valoración y apreciación de la prueba, el o los recurrentes tienen la obligación de acreditar la existencia de error de hecho o de derecho en su apreciación, toda vez que ésta es una atribución privativa de los juzgadores de instancia incensurable en casación. Mientras que cuando se formula el recurso de casación en la forma por errores in procedendo en la tramitación del proceso, los hechos deben ser adecuados a las causales previstas por el art. 253 del indicado procedimiento o a las nulidades expresamente señaladas por la ley