POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en uso de
POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en uso de la atribución conferida por los artículos 50, 417 última parte y 418 in fine del Código de Procedimiento Penal, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Claudio Pantoja Trujillo (fojas 243 a 244)
- PARTES: Ministerio Público y Jorge Medina Pinedo (representado por Lourdes Noda Téllez)c/Claudio Pantoja Trujillo
- CONSIDERANDO: Que, previo juicio oral, público, contradictorio y contínuo, se dictó la Sentencia de 30
- Que, la Corte ad quem en apelación reseña: "se ha efectuado una correcta y justa
- Contra este fallo, recurre de casación el procesado Claudio Pantoja Trujillo, manifestando la existencia de
- CONSIDERANDO: Que, examinados los recursos de casación con objetividad e imparcialidad y al amparo de
- Que existe reiteración del contenido de la apelación restringida de fojas 161 a 166 vuelta,
- Esta forma de plantear el recurso de casación, sin suficiente base legal que permita establecer
- Que, en consecuencia, al no concurrir los requisitos previstos en el último período del artículo
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en uso de
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dra. Ana María Forest Cors
- Dr. Jorge Monasterio Franco
- Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro de Tomas de Razón 3/2010
