Proveído: Sandra Magaly Mendivil B. Secretaria de Cámara.
Sucre, 08 de noviembre de 2010
Proveído: Sandra Magaly Mendivil B. Secretaria de Cámara.
- AUTO SUPREMO Nº 560 Social Sucre, 08 de noviembre de 2010
- PARTES: Lourdes Bustillos Pomier c/ COTEL Ltda
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez Cuarto del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación formulada por la parte demandante (fs
- Que contra la resolución de vista, Freddy Ernesto Castro Oviedo, apoderado de la demandante Lourdes
- Concluye con el petitorio de que se conceda el recurso ante el superior en grado,
- CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso, ingresando a su análisis en relación únicamente a
- Que en el marco del antecedente anotado y los fundamentos expuestos en el recurso que
- Consiguientemente, corresponde resolver el recurso planteado en la forma prevista por el art
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional de Abogado en la suma de bs
- Relator: Ministro Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
- Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Proveído: Sandra Magaly Mendivil B. Secretaria de Cámara.
