PARTES: Ministerio Público y otros c/Michael Gerard Marroquin
SALA PENAL PRIMERA
AUTO SUPREMO: No. 571 Sucre, 22 de noviembre de 2010
DISTRITO: Cochabamba
PARTES: Ministerio Público y otros c/Michael Gerard Marroquin
AUTO SUPREMO: No. 571 Sucre, 22 de noviembre de 2010
DISTRITO: Cochabamba
PARTES: Ministerio Público y otros c/Michael Gerard Marroquin
- PARTES: Ministerio Público y otros c/Michael Gerard Marroquin
- CONSIDERANDO: que, Michael Gerard Marroquin, al amparo de lo previsto por el artículo 133 del
- Que, el representante del Ministerio Público, absolviendo el traslado dispuesto respecto a ese petitorio, se
- CONSIDERANDO: que, el artículo 133 del Código de Procedimiento Penal, establece que todo proceso tendrá
- Que, la tramitación del proceso dentro un plazo razonable es una de las garantías internacionalmente
- Que, por ello se entiende que el plazo de duración máxima del proceso, previsto por
- Que, el artículo 115 de la Constitución Política del Estado, garantiza una justicia sin dilaciones,
- Que, la garantía de juzgamiento en plazo razonable, coherente con la garantía a una justicia
- Que en el caso de Autos, de los datos que cursan en obrados se establece
- Instalada la audiencia de juicio oral el 7 de julio de 2008, finalizó con la
- CONSIDERANDO: que de los antecedentes expuestos, se evidencia que si bien en la tramitación de
- POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, hágase saber
- Fdo. Dra. Ana María Forest Cors
- Dr. Jorge Monasterio Franco
- Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro de Tomas de Razón 3/2010
