Por su parte, el co-procesado Cristhian Flores Céspedes, alega en su Recurso de Casación de
Por su parte, el co-procesado Cristhian Flores Céspedes, alega en su Recurso de Casación de fs. 291 a 292 vlta., que el Auto de Vista dictado el 07 de abril de 2008, no tomó en cuenta la existencia de vicios y defectos absolutos en la Sentencia, previstos en los arts. 169 numerales 1) y 3) y 370 numerales 1), 2), 4), 5), 6) del mismo cuerpo legal, lo que fue cuestionado en el recurso de apelación restringida, aspectos que no fueron tomados en cuenta aseverando que los cuatro imputados fueron debidamente individualizados por la víctima como partícipes del delito de violación agravada ocurrido en el Cementerio del Barrio "Los Lotes", lo que resulta contrario a la realidad, y dan por cierto y valedero lo referido por la víctima y por el Ministerio Público, sin tomar en cuenta las contradicciones, sin pronunciarse sobre los vicios de la Sentencia, como la falta de notificación con la lectura de la parte resolutiva de la sentencia, lo que le fue notificado extemporáneamente con las copias de la Sentencia. Arguye que fue juzgado sin haber sido debidamente identificado
- PARTES: Ministerio Público y Otra c/Ladislao Vargas Juárez y Cristian Flores Céspedes
- CONSIDERANDO: Que, Ladislao Vargas Juárez en su recurso de casación de (fs
- Que de igual modo existe contradicción en las declaraciones de Cristhian Flores Céspedes que inicialmente
- Alega que su persona no participó del hecho, porque en la etapa preparatoria como en
- Con tales argumentaciones pide se deje sin efecto el Auto de Vista recurrido y se
- Por su parte, el co-procesado Cristhian Flores Céspedes, alega en su Recurso de Casación de
- Señala como precedentes contradictorios el Auto Supremo No
- Con esos fundamentos pide se deje sin efecto el Auto de Vista y se anule
- CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la jurisprudencia establecida por el Supremo Tribunal, para la admisibilidad
- Que, examinados los hechos y antecedentes del caso, se evidencia que el Auto de Vista
- El referido Auto de Vista, fue notificado a Cristhian Flores Céspedes, el 29 de mayo
- De lo que se tiene que el recurso de casación fue presentado por Ladislao Vargas
- Sin embargo no invocó el precedente contradictorio, ni la copia de apelación restringida
- Por su parte Cristhian Flores Céspedes, presentó el recurso de Casación fuera del plazo de
- En consecuencia al no cumplir los Recursos de Casación interpuestos por Ladislao Vargas Juárez y
- Es preciso señalar que el incumplimiento de uno de los requisitos de admisibilidad del recurso
- POR TANTO:La Sala Penal Primera de la Corte Suprema, con la facultad conferida por el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dra. Ana María Forest Cors
- Dr. Jorge Monasterio Franco
- Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro de Tomas de Razón 3/2010
