CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, la Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social
DISTRITO: La Paz
PARTES: Gobierno Municipal de La Paz c/ Magali Encarnación Palenque de la Quintana y otro
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 158-163, interpuesto por Luz Miriam Arispe Nogales, en representación del Gobierno Municipal de La Paz, impugnando el Auto de Vista Nº 122/05 SSA-I de 2 de mayo de 2006 cursante a fs. 154, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso coactivo fiscal que sigue la entidad recurrente, contra Magali Encarnación Palenque de la Quintana y Fernando Julio Cajías De La Vega, la respuesta de fs. 166, el auto que concede el recurso de fs. 167, el dictamen fiscal de fs. 169-170, los antecedentes del proceso y
CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, la Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social de La Paz, emitió la Sentencia Nº 52/2002 de 21 de noviembre de 2002 cursante a fs. 123-130, declarando improbada la demanda de fs. 86-88, disponiendo se levanten todas las medidas precautorias dispuestas en el Auto de Admisión de fs. 91, de 26 de febrero de 2002. Dejándose si efecto la nota de cargo Nº 08/02 de la misma fecha
- AUTO SUPREMO Nº 599 Coactivo Fiscal Sucre, 09 de noviembre de 2010
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, la Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación formulada por la entidad coactivante (fs
- Que contra la resolución de vista, la representante legal de la entidad demandante, formula el
- Contradictoriamente al recurso de casación en el fondo que plantea, reclama también, que el tribunal
- Concluye con el petitorio que la Corte Suprema de Justicia, case el auto de vista
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, es menester señalar queconforme la amplia jurisprudencia del
- En la especie, el recurso interpuesto por la representante del Gobierno Municipal de La Paz,
- Consiguientemente corresponde resolver el recurso en la forma prevista en el art
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Sin costas en aplicación del art
- Se hace constar que la Ministra Beatriz Sandoval de Capobianco planteó su disidencia optando por
- Interviene el Ministro Esteban Miranda Terán de la Sala Social y Administrativa Segunda de acuerdo
- Relator: Ministro Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
- Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Proveído: Sandra Magaly Mendivil B. Secretaria de Cámara.
