Auto Supremo AS/0599/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0599/2010

Fecha: 09-Nov-2010

Contradictoriamente al recurso de casación en el fondo que plantea, reclama también, que el tribunal


Contradictoriamente al recurso de casación en el fondo que plantea, reclama también, que el tribunal de segunda instancia no ha cumplido su deber de fiscalización infringiendo el art. 90 con relación al art. 3.1.3. del Cód. Pdto. Civ., permitiendo que se violen los arts. 279, 281-c) de la L.O.J. y 32 de la Ley del Notariado, insistiendo que las pruebas consideradas son fotocopias simples o legalizadas por personas no autorizadas, habiéndose tramitando el proceso con vicios de nulidad, lo que refuerza con las citas jurisprudenciales trascritas a fs. 161, señalando además, que el tribunal de segunda instancia al no haber ejercido la facultad de fiscalización que le otorga el art. 15 de la L.O.J., permitió que no se cumpla con las previsiones de la Ley Nº 1178 y 3º y siguientes del D.S. Nº 23318-A; aludiendo la prueba confesoria en forma incompleta, se refiere al coactivado Juan Carlos Costas Salomón, quién no es parte de esta acción coactiva, lo que hace confusa su argumentación (fs. 161 vta.-162)